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Tu cuota y cómo pagarla

Cuánto pagás por mes, cómo y dónde abonar, qué mirar si tenés débito automático y qué pasa si un mes no llegás.

¿Cuánto tengo que pagar por mes?

La cuota comercial es un porcentaje fijo del Valor Nominal de tu Título, que depende del plan: 3,00 ‰ en el Plan 330; 8,25 ‰ en el Plan 120; 45 ‰, 36 ‰ y 30 ‰ en los Planes Proyectos de 24, 30 y 36 cuotas respectivamente. Es decir, $3, $8,25, $45, $36 o $30 por cada $1.000 de Valor Nominal.

Al suscribir puede percibirse, además, el derecho de suscripción. Su pago no da derecho a participar del sorteo.

¿Las cuotas son siempre del mismo importe?
  • Si tu cuota se calcula sobre el Valor Nominal original, el importe se mantiene fijo.
  • Si optaste por recibir en caso de salir favorecido en alguno de los sorteos estímulos algún bien determinado, ante cada aumento del precio de lista del bien de referencia podés ampliar el Valor Nominal mediante un endoso de ampliación, de modo que la cuota acompañe el valor del bien.
¿Qué son los endosos de ampliación y cómo los pido?

Son voluntarios. ESCO S.A. solo emite endosos de ampliación a tu solicitud o con tu conformidad, y únicamente si optaste por recibir bienes y/o servicios en caso de resultar favorecido en los sorteos estímulos. Podés pedirlos en tu Agencia Oficial o por los canales de contacto indicados en el punto 6.

Si adheriste al débito automático, la solicitud incluye una autorización opcional para debitar mensualmente el importe del endoso ante los aumentos de precio del bien de referencia, a fin de mantener la equivalencia entre el Valor Nominal del Título y el bien. Esa autorización es voluntaria y podés dejarla sin efecto comunicándolo por los canales de contacto.

Cada endoso tiene desde su inicio un valor de rescate igual a su reserva matemática pura, que se calcula con una tabla propia inserta al dorso del Título, en función de las cuotas abonadas de ese endoso. Por eso el ahorro de un endoso se computa desde su incorporación y no desde el inicio del plan original.

¿Puedo aumentar o disminuir la cuota?

Sí, modificando el Valor Nominal de tu Título mediante endosos de ampliación o de disminución, en las condiciones explicadas más arriba.

¿Dónde y cómo puedo pagar la cuota?
  • En bancos, Pago Fácil, Rapipago, Multipago y Cobro Express.
  • Por Link Pagos y Banelco: el código para pagar figura en tu boleta y es el mismo número que identifica tu plan.
  • Por Mercado Pago.
  • Por débito directo en cuenta corriente o caja de ahorro, o por débito automático con tarjeta de crédito.
Estoy adherido al débito automático: ¿tengo que controlar algo?

Sí. El débito automático es una facilidad, no una garantía de pago. Mantener el Título vigente y abonar las cuotas es una obligación del suscriptor, conforme las Condiciones Generales. Por eso:

  • Verificá todos los meses que la cuota figure efectivamente paga antes de la fecha del sorteo. Estar adherido al débito automático no te releva de esa obligación.
  • La fecha en que el banco realiza el débito depende de cada entidad y puede no coincidir con la fecha de vencimiento de la cuota.
  • Asegurate de tener fondos suficientes en la cuenta o margen disponible en la tarjeta por el importe total de la cuota. Si el débito se rechaza por falta de fondos, la cuota queda impaga y el Título no participa del sorteo de ese mes.
  • Si advertís que el débito no se realizó, regularizá el pago por cualquiera de los otros medios habilitados antes del día hábil anterior al sorteo.
¿Tienen cobradores a domicilio?

ESCO S.A. no tiene cobradores a domicilio. Si alguien se presenta a cobrarte invocando a ESCO S.A., no le abones y comunicate con nosotros.

¿Qué hago si no recibo la boleta de pago?

Podés reclamarla en la Agencia Oficial más cercana, solicitarla por e-mail a [email protected] o imprimirla desde www.esco.com.ar.

La falta de recepción de la boleta no modifica la fecha de vencimiento ni suspende tu obligación de pago: si no te llega, pedila con tiempo y pagá antes del sorteo.

¿Qué pasa si un mes no puedo pagar?
  • Si no tenés la cuota del mes paga, o tenés cuotas anteriores impagas, no participás del sorteo de ese mes.
  • Si acumulás 2 cuotas comerciales consecutivas impagas, el Título caduca. En ese caso queda a tu disposición el valor de rescate que pudiera corresponder, con más los intereses a la tasa técnica del plan desde los 30 días posteriores al pago de la última cuota y hasta su puesta a disposición o rehabilitación.
¿Puedo rehabilitar mi Título si caducó?

Sí, dentro de los 120 días corridos de producida la caducidad.

Hasta que no se rehabilite, el Título no participa de los sorteos ni puede resultar adjudicado por los sorteos de los meses impagos.