Cuánto pagás por mes, cómo y dónde abonar, qué mirar si tenés débito automático y qué pasa si un mes no llegás.
La cuota comercial es un porcentaje fijo del Valor Nominal de tu Título, que depende del plan: 3,00 ‰ en el Plan 330; 8,25 ‰ en el Plan 120; 45 ‰, 36 ‰ y 30 ‰ en los Planes Proyectos de 24, 30 y 36 cuotas respectivamente. Es decir, $3, $8,25, $45, $36 o $30 por cada $1.000 de Valor Nominal.
Al suscribir puede percibirse, además, el derecho de suscripción. Su pago no da derecho a participar del sorteo.
Son voluntarios. ESCO S.A. solo emite endosos de ampliación a tu solicitud o con tu conformidad, y únicamente si optaste por recibir bienes y/o servicios en caso de resultar favorecido en los sorteos estímulos. Podés pedirlos en tu Agencia Oficial o por los canales de contacto indicados en el punto 6.
Si adheriste al débito automático, la solicitud incluye una autorización opcional para debitar mensualmente el importe del endoso ante los aumentos de precio del bien de referencia, a fin de mantener la equivalencia entre el Valor Nominal del Título y el bien. Esa autorización es voluntaria y podés dejarla sin efecto comunicándolo por los canales de contacto.
Cada endoso tiene desde su inicio un valor de rescate igual a su reserva matemática pura, que se calcula con una tabla propia inserta al dorso del Título, en función de las cuotas abonadas de ese endoso. Por eso el ahorro de un endoso se computa desde su incorporación y no desde el inicio del plan original.
Sí, modificando el Valor Nominal de tu Título mediante endosos de ampliación o de disminución, en las condiciones explicadas más arriba.
Sí. El débito automático es una facilidad, no una garantía de pago. Mantener el Título vigente y abonar las cuotas es una obligación del suscriptor, conforme las Condiciones Generales. Por eso:
ESCO S.A. no tiene cobradores a domicilio. Si alguien se presenta a cobrarte invocando a ESCO S.A., no le abones y comunicate con nosotros.
Podés reclamarla en la Agencia Oficial más cercana, solicitarla por e-mail a [email protected] o imprimirla desde www.esco.com.ar.
La falta de recepción de la boleta no modifica la fecha de vencimiento ni suspende tu obligación de pago: si no te llega, pedila con tiempo y pagá antes del sorteo.
Sí, dentro de los 120 días corridos de producida la caducidad.
Hasta que no se rehabilite, el Título no participa de los sorteos ni puede resultar adjudicado por los sorteos de los meses impagos.